ACAYA NATURALEZA Y VIDA S L en adelante (ACAYA) es la responsable de la plataforma de acceso a los contenidos de la página web, en adelante (PLATAFORMA) y se reserva el derecho a modificar, en su totalidad o en parte, las presentes condiciones generales;
Obligaciones del usuario: Al darse de alta se crea una cuenta, el usuario acepta, expresamente y sin excepción, los términos de las presentes condiciones generales y eventualmente las condiciones particulares, presentes en la PLATAFORMA.
El usuario está obligado a transmitir informaciones exactas y veraces especialmente sobre, sus apellidos, su nombre, su dirección de email, su teléfono, y demás datos solicitados necesarios para la identificación, del usuario, a la hora de abrir una cuenta y poder desarrollar todos los servicios que ofrece la PLATAFORMA.
El usuario responderá de los daños y perjuicios de toda naturaleza que ACAYA pueda sufrir, directa o indirectamente, como consecuencia del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas de las condiciones generales o de la ley en relación con la utilización de la PLATAFORMA.
En conclusión, el usuario utilizará la PLATAFORMA, dentro de los límites legales establecidos por el ordenamiento jurídico.
Todos los derechos de autor, marcas comerciales y todos los demás derechos de propiedad intelectual en todo material o contenido suministrado como parte de la PLATAFORMA permanecerán en todo momento en manos de nosotros o de nuestros licenciantes. El usuario, no ayudará ni facilitará a terceros, copiar, reproducir, transmitir, distribuir, enmarcar, explotar comercialmente o crear obras derivadas de dicho material o contenido. Si el usuario se da cuenta de cualquier distribución o explotación comercial, el usuario acepta notificarnos inmediatamente.
Todos los contenidos de ACAYA son propiedad intelectual de la misma y están protegidos en función de la legislación sobre Propiedad Intelectual nacional e internacional vigente.
El usuario podrá descargarse la PLATAFORMA en su terminal siempre que sea para uso privado, sin ningún fin comercial, por lo que no podrá explotar, reproducir, distribuir, modificar, comunicar públicamente, ceder, transformar o usar el contenido de la PLATAFORMA con fines públicos o comerciales.
La infracción de cualquiera de los citados derechos puede constituir una vulneración de las presentes disposiciones, así como un delito castigado de acuerdo con los artículos 270 y siguientes del Código Penal.
Derechos de autor: Todos los derechos de autor (copyrights) y otros derechos de propiedad intelectual sobre el material gráfico, gráficos, texto, clips de vídeo y audio, marcas, logotipos y demás contenido disponible en la PLATAFORMA (“Contenido”) son propiedad de ACAYA o se utilizan bajo autorización.
Las marcas, logotipos y cualesquiera otros de propiedad industrial e intelectual que aparecen en este sitio son propiedad de ACAYA. Está prohibida la utilización de estas marcas sin la previa autorización escrita de ACAYA o de las terceras partes propietarias de las marcas.
Todos los participantes deberán respetar estas normas de las actividades y las normas básicas de convivencia con el resto de asistentes y monitores. Entre otras cuestiones se destacan:
Acaya se compromete a desempeñar sus obligaciones de acuerdo a la más estricta ética profesional, y tomará las precauciones necesarias para el normal desarrollo de las actividades. Para ello, controlará los servicios que deban ser prestados y realizará todas aquellas gestiones que estén a su alcance en beneficio del participante, pero no responderá de los daños y perjuicios causados por terceros ajenos a la misma.
La organización no se responsabiliza de retrasos, extravíos o pérdidas de material producidos en aquellos casos en los que por la naturaleza de la actividad a realizar sea necesario el empleo de algún medio de transporte, actuando aquella únicamente como mediadora del servicio.
ACAYA atenderá las reclamaciones que se envíen por escrito antes de la finalización de la actividad, y de esta manera poder subsanar las posibles deficiencias en el momento.
Los contratos de compra celebrados por vía electrónica producirán todos los efectos previstos por el ordenamiento jurídico, cuando concurran el consentimiento y los demás requisitos necesarios para su validez. Los contratos electrónicos se regirán por lo dispuesto por la LSSI, por los Códigos Civil y de Comercio y por las restantes normas civiles o mercantiles sobre contratos, en especial, las normas de protección de los consumidores y usuarios y de ordenación de la actividad comercial. Y por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
El usuario declara ser mayor de edad y disponer de la capacidad jurídica suficiente para vincularse por las presentes Condiciones Generales. Igualmente, acepta de forma expresa y sin excepciones que el acceso y la utilización del presente sitio web, de sus servicios y de los contenidos de dichos servicios tiene lugar bajo su única y exclusiva responsabilidad
Indicar que para que sea válida la celebración de contratos por vía electrónica no será necesario el previo acuerdo de las partes sobre la utilización de medios electrónicos. Las obligaciones contractuales o cualquier información relacionada que con el mismo conste por escrito, este requisito se entenderá satisfecho si la información se contiene en un soporte electrónico, por ejemplo, en la web.
La prueba de la celebración del contrato por vía electrónica y la de las obligaciones que tienen su origen en él se sujetará a las reglas generales del ordenamiento jurídico y, en su caso, a lo establecido en la legislación sobre firma electrónica. En todo caso, el soporte electrónico en que conste un contrato celebrado por vía electrónica será admisible en juicio como prueba documental. Como, por ejemplo, el mail recibido de la confirmación del pedido.
Las partes podrán pactar que un tercero archive las declaraciones de voluntad que integran los contratos electrónicos y que consigne la fecha y la hora en que dichas comunicaciones han tenido lugar. La intervención de dichos terceros no podrá alterar ni sustituir las funciones que corresponde realizar a las personas facultadas con arreglo a Derecho para dar fe pública. El tercero deberá archivar en soporte informático las declaraciones que hubieran tenido lugar por vía telemática entre las partes por el tiempo estipulado que, en ningún caso, será inferior a cinco años.
Para la determinación de la ley aplicable a los contratos electrónicos se estará a lo dispuesto en las normas de Derecho internacional privado del ordenamiento jurídico español. Tomando la consideración que la Entidad es un prestador de servicios está establecido en España cuando su residencia o domicilio social se encuentren en territorio español, siempre que éstos coincidan con el lugar en que esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios.
Como prueba la Entidad está establecida en España porque la entidad está inscrita en el Registro Mercantil español en el que es necesaria la inscripción para la adquisición de personalidad jurídica. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España estarán sujetos a las demás disposiciones del ordenamiento jurídico español que les sean de aplicación, en función de la actividad que desarrollen, con independencia de la utilización de medios electrónicos para su realización.
La Entidad comunica al destinatario de manera clara, comprensible e inequívoca, y antes de iniciar el procedimiento de contratación, sobre los siguientes extremos:
Toda esta información es la que suele configurar las denominadas “Condiciones Generales de la Contratación” que se aceptan antes de producirse la compra.
La Entidad pone a disposición del destinatario las condiciones generales a que, en su caso, deba sujetarse el contrato, de manera que éstas puedan ser almacenadas y reproducidas por el destinatario.
La Entidad se compromete a confirmar la recepción de la aceptación al que la hizo por alguno de los siguientes medios:
Se entenderá que se ha recibido la aceptación y su confirmación cuando las partes a que se dirijan puedan tener constancia de ello.
En el caso de que la recepción de la aceptación se confirme mediante acuse de recibo, se presumirá que su destinatario puede tener la referida constancia desde que aquél haya sido almacenado en el servidor en que esté dada de alta su cuenta de correo electrónico, o en el dispositivo utilizado para la recepción de comunicaciones.
Los contratos celebrados por vía electrónica en los que intervenga como parte un consumidor/cliente se presumirán celebrados en el lugar en que éste tenga su residencia habitual.
En este sentido, se considera a tenor del artículo 1.262 del Código Civil el consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Hallándose en lugares distintos el que hizo la oferta y el que la aceptó, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta. En los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación.
«Contrato celebrado por vía electrónica» o «contrato electrónico» es todo contrato en el que la oferta y la aceptación se transmiten por medio de equipos electrónicos de tratamiento y almacenamiento de datos, conectados a una red de telecomunicaciones.
La legislación aplicable es, además de todas las que afecten a la Entidad en su actividad, la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE); la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación y el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, donde se regulan de forma específica los contratos celebrados a distancia, así como la normativa de desarrollo de cada una de ellas.
El consumido podrá elegir entre una solución judicial. Que para el cumplimento o incumplimiento de lo anteriormente pactado, las partes de común acuerdo renuncias a los fueros que pudieran corresponderles, designando los Juzgados y Tribunales de Madrid. O una solución extrajudicial de conflictos: Basado en un sistema de arbitraje, las Juntas Arbitrales de Consumo.
En cumplimiento con el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Y con su Artículo 76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, siempre que el usuario se lo comunique debidamente al empresario, éste estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en el plazo máximo de 30 días desde el desistimiento. Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo. Y en cumplimiento de la Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Se entiende por contratos celebrados a distancia. Los contratos celebrados con los consumidores y usuarios en el marco de una actividad empresarial, sin la presencia física simultánea de los contratantes, siempre que la oferta y aceptación se realicen de forma exclusiva a través de una técnica cualquiera de comunicación a distancia y dentro de un sistema de contratación a distancia organizado por el empresario.
Antes de iniciar el procedimiento de contratación y con la antelación necesaria, se comunica al consumidor y usuario, de forma veraz y suficiente, que:
Antes de contratar, el empresario pone a disposición del consumidor y usuario de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias la información relevante, veraz y suficiente sobre las características esenciales del contrato, en particular sobre sus condiciones jurídicas y económicas, y de los bienes o servicios objeto del mismo.
A tales efectos serán relevantes las obligaciones de información sobre los bienes o servicios establecidas en esta norma y normas que resulten de aplicación y, además:
El consumidor y usuario que contrate a distancia tendrá derecho a desistir del contrato conforme a lo previsto en la normativa vigente y el presente acuerdo, si bien en este tipo de contratos el empresario podrá exigir al consumidor y usuario que se haga cargo del coste directo de devolución del bien o servicio.
No se impondrá al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo.
No se podrá suministrar un bien o servicio de calidad y precio equivalentes, en sustitución del solicitado por el consumidor y usuario, cuando se quiera prever esta posibilidad. Si el producto no es deseado se podrá cambiar por otro de iguales características siempre que está en óptimas condiciones para su venta y consumo.
La forma de pago y modalidades de entrega o de ejecución. Se hará por pago con tarjeta o contra rembolso.
La información contenida en el apartado anterior, cuya finalidad comercial debe ser indudable, deberá facilitarse al consumidor y usuario de modo claro e inequívoco, mediante cualquier técnica adecuada al medio de comunicación a distancia utilizado, y deberá respetar, en particular, el principio de buena fe en las transacciones comerciales, así como los principios de protección de quienes sean incapaces de contratar.
Antes de la ejecución del contrato se facilita al consumidor y usuario, en la lengua utilizada en la propuesta de contratación o, en su caso, en la lengua elegida para la contratación, la siguiente información:
Se establece la Prohibición de envíos no solicitados. Queda prohibido suministrar al consumidor y usuario bienes o servicios no pedidos por él cuando dichos suministros incluyan una petición de pago de cualquier naturaleza. En caso de que así se haga, y sin perjuicio de la infracción que ello suponga, el consumidor y usuario receptor de tales bienes o servicios no estará obligado a su devolución, ni podrá reclamársele el precio. En caso de que decida devolverlo no deberá indemnizar por los daños o deméritos sufridos por el bien o servicio.
No será de aplicación lo dispuesto en el párrafo de arriba cuando quede claramente de manifiesto al consumidor y usuario que el envío no solicitado se debía a un error, correspondiendo al empresario la carga de la prueba. El consumidor y usuario en tales casos, tendrá derecho a ser indemnizado por los gastos y por los daños y perjuicios que se le hubieran causado.
Salvo que las partes hayan acordado otra cosa, el empresario deberá ejecutar el pedido a más tardar en el plazo de 30 días a partir del día siguiente a aquel en que el consumidor y usuario haya prestado su consentimiento para contratar. Ante la falta de ejecución del contrato. En caso de no ejecución del contrato por parte del empresario por no encontrarse disponible el bien o servicio contratado, el consumidor y usuario deberá ser informado de esta falta de disponibilidad y deberá poder recuperar cuanto antes, y en cualquier caso en un plazo de 30 días como máximo, las sumas que haya abonado. En el supuesto de que el empresario no realice este abono en el plazo señalado, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad.
De no hallarse disponible el bien o servicio contratado, cuando el consumidor y usuario hubiera sido informado expresamente de tal posibilidad, el empresario podrá suministrar sin aumento de precio un bien o servicio de características similares que tenga la misma o superior calidad. En este caso, el consumidor y usuario podrá ejercer sus derechos de desistimiento y resolución en los mismos términos que si se tratara del bien o servicio inicialmente requerido, sin que le sean exigibles los costes directos de devolución.
Cuando el importe de una compra hubiese sido cargado fraudulenta o indebidamente utilizando el número de una tarjeta de pago, el consumidor y usuario titular de ella podrá exigir la inmediata anulación del cargo. En tal caso, las correspondientes anotaciones de adeudo y reabono en las cuentas del empresario y del consumidor y usuario titular de la tarjeta se efectuarán a la mayor brevedad. Sin embargo, si la compra hubiese sido efectivamente realizada por el consumidor y usuario titular de la tarjeta y la exigencia de devolución no fuera consecuencia de haberse ejercido el derecho de desistimiento o de resolución, aquél quedará obligado frente al empresario al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de dicha anulación.
Se admiten tarjetas de crédito o débito de Visa o Mastercard cualquier plataforma de pago reconocida en el mercado como por ejemplo Paypal, que nosotros permitamos.
Para el correcto funcionamiento necesitaremos el número de tarjeta, fecha de caducidad y titular de la misma, además del CVV (código de tres dígitos, las tres últimas cifras en la parte posterior de la tarjeta). En algunos casos, si su tarjeta es VISA O MASTERCARD será validada mediante los sistemas de compra segura por Internet “Verified by Visa o MasterCard SecureCode”. Estos sistemas son ofrecidos por el banco o caja emisora de su tarjeta, permitiendo verificar la identidad del titular de la tarjeta como paso previo al cargo del importe de la transacción. Este proceso abrirá la página de su banco que le solicitará o bien su número de tarjeta y pin o bien su usuario-DNI y clave de acceso de banca online.
De esta manera autoriza el pago de su banco a ACAYA, y una vez se confirme la operación, podrá obtener confirmación de pago. La transmisión de información a través de Internet no es completamente segura. ACAYA adopta las medidas necesarias para proteger la información sobre los datos del usuario de la aplicación, pero no podemos garantizar la seguridad de los datos transmitidos a través de la PLATAFORMA de ACAYA; cualquier transmisión será a riesgo del usuario.
ACAYA advertirá previamente de las interrupciones en el funcionamiento de la PLATAFORMA; ACAYA tampoco garantiza la utilidad del PLATAFORMA para la realización de ninguna actividad en concreto, ni su infalibilidad.
El acceso a la PLATAFORMA tiene una duración definida; al tiempo del servicio o proyecto. ACAYA se reserva el derecho de suspender sin previo aviso el acceso a los usuarios que, a su juicio, incumplan las normas de utilización de su PLATAFORMA. y ejercer las medidas legales oportunas. Además, ACAYA se reserva el derecho de restringir el acceso a algunas secciones de la PLATAFORMA. al público en general, limitándose únicamente a usuarios o grupo de usuarios concretos.
ACAYA realiza los máximos esfuerzos para evitar cualquier error en los contenidos de la PLATAFORMA, pero no garantiza ni se responsabiliza de posibles errores en los contenidos de la web.
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En consecuencia, ACAYA no garantizan la fiabilidad, la disponibilidad ni la continuidad de la PLATAFORMA ni de los contenidos, por lo que la utilización de los mismos por parte del usuario se lleva a cabo por su propia cuenta y riesgo, sin que, en ningún momento, puedan exigirse responsabilidades a ACAYA en este sentido.
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Teniendo en cuenta la especificidad del medio Internet, la sociedad ACAYA no ofrece ninguna garantía de continuidad del servicio, únicamente existe una obligación de medios.
La sociedad ACAYA no es responsable en caso de daños ligados a la imposibilidad temporal de acceder a alguno de los servicios propuestos por la PLATAFORMA.
En cualquier ACAYA no puede verificar de forma material la exactitud de las informaciones recogidas y/o ofrecidas por los usuarios. Éste acepta que la responsabilidad de ACAYA no existe si este no llega a beneficiarse de las prestaciones del servicio ofrecido. El usuario está obligado a abonar los importes que se requieran para el desarrollo del servicio.
ACAYA se reserva el derecho inmediato de terminar su uso de la aplicación si el usuario incumple o tiene motivos razonables para creer que es probable que esté incumpliendo estos términos y condiciones o de otra manera entablar una conducta que determinamos a nuestra única discreción razonable de ser inaceptable.
Las relaciones que se establecen entre la sociedad ACAYA y el usuario, regidas por las presentes condiciones generales, están sometidas al derecho español, excluyendo cualquier tipo de legislación estatal.
En el caso de traducirse las presentes condiciones generales a otras lenguas, sólo la versión española será válida. Toda impugnación o problema de interpretación, ejecución de las presentes condiciones generales será transmitida a las autoridades competentes y sometidas a la legislación española y a los juzgados y tribunales de Madrid Capital.
ACAYA no se hace responsable de ningún fallo en la ejecución o retraso en la ejecución de ninguna de nuestras obligaciones en virtud del presente Contrato que sea debida a hechos que se encuentren fuera de nuestro control (“Fuerza Mayor”).
Si cualquiera de estos términos y condiciones o parte de los mismos fuera declarada ilegal, nula o inaplicable por cualquier autoridad competente, dicha estipulación o parte de la misma será eliminada de las presentes condiciones y el resto de términos y condiciones serán de aplicación como si la estipulación, o parte de la misma, ilegal nula o no aplicable nunca se hubiera acordado.
El usuario declara y reconoce haber leído íntegramente los términos de uso de las presentes condiciones generales.